¿Ministros o activistas?

Octubre 2021

Alan Ávila Magos

La Nación

Hace unas semanas, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se tocó un tema que personalmente me pareció alarmante: la invalidación del artículo 10 bis de la Ley General de Salud, el cual deja en completa desprotección al personal de salud para ejercer la objeción de conciencia.

Este debate ha iniciado como consecuencia principal de la despenalización del aborto, pues la objeción de conciencia, según argumentan algunos, se confronta con el “derecho a la mujer a decidir sobre su propio cuerpo”, ya que algunos médicos podrían anteponer sus creencias morales o religiosas ante su “obligación” de garantizar el acceso a los servicios de salud de las pacientes.

Ese y otros argumentos me obligan a promover la reflexión sobre los tiempos que vivimos y una serie de nuevas realidades que se pretenden imponer, que están lejos de sustentarse en la razón y que, como panistas, debemos atender a estas amenazas contra todo aquello en lo que creemos y que se plasma en nuestros principios de doctrina.

En primer lugar, partimos de una falsa dicotomía sobre qué derecho es más importante o cuál debe prevalecer sobre el otro: ¿la objeción de conciencia o el aborto?, pues la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce en su artículo 18 el derecho a la libertad de pensamiento, de religión y de conciencia, y si a eso le sumamos que en el artículo 3 a la letra dice: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”, se confirma que el derecho al aborto no existe y el de la objeción de conciencia sí, por lo que no existe encrucijada entre cuál es más importante que el otro. Uno sí es derecho, el otro no.

Partiendo del punto del reconocimiento del derecho a la vida y a la libre conciencia, sigo con otro argumento: “el Estado laico debe prevalecer, por lo que no debe existir transigencia cuando de acceso a los servicios de salud se trate”. En esta postura, encuentro dos incongruencias importantes, la primera, el Estado laico no debe buscar erradicar el ejercicio de la fe de las personas, al contrario, generar las condiciones para que puedan ejercerla en auténtica libertad; segunda, pretender que el Estado dicte a los ciudadanos cómo actuar en el ejercicio de su profesión, sin reconocer sus dimensiones como personas, cuerpo material y alma espiritual, es atentar contra su propia naturaleza y su capacidad de discernir en qué o en quién creer, o incluso, en no creer en nada.

Los principios de doctrina del PAN son claros. Confío en que todos los que pertenecemos a este Partido somos capaces de defender en lo que creemos, defender a la familia y a la vida, a la propiedad privada, los derechos y las libertades fundamentales, a nuestra patria misma. Confío en que la división de poderes prevalecerá y la construcción del bien común sea siempre la guía de la sociedad mexicana.

 

Alan D. Ávila Magos es Secretario Nacional de Acción Juvenil.

Twitter: @AlanAvilaMagos

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