El debate estorba, el disentir les ofende

Mayo 2023

Humberto Aguilar Coronado

La Nación

Tal como anunciamos durante la irresponsable discusión y el simulacro de proceso legislativo por el que, en la Cámara de Diputados, se aprobó el “Plan B Electoral” del presidente López Obrador, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad de las reformas a las leyes en materia de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas.

Nueve ministros encontraron que las reformas impugnadas fueron aprobadas en un proceso plagado de irregularidades y que éstas eran de tal magnitud que ameritaban la declaratoria de inconstitucionalidad.

El gobierno y sus corifeos reaccionaron -sin asombrar a nadie- con furibundos ataques en contra de la Corte, ataques que giraban en torno a una descalificación absurda consistente en cuestionar la calidad democrática del Poder Legislativo a partir de la premisa de que los ministros, magistrados y jueces no provienen de elecciones populares.

De inmediato, el presidente anunció que para lograr que la Corte dejara de ser un obstáculo para su proyecto autoritario de país, llamaría al voto en favor de su partido para ganar la mayoría calificada en el Congreso y, con ello, poder hacer la reforma constitucional que removiera a la Corte como obstáculo e hiciera a un lado el mecanismo de contrapesos propio de las repúblicas representativas.

Los defensores de la tesis presidencial intentan demostrar que el fallo de la Corte es un acto ilegal, que invade facultades del Legislativo y que se dictó con el único propósito de defender privilegios. Veamos parte de sus argumentos:

Sostienen que la Corte no tiene facultades para evaluar si un asunto legislativo se encuentra o no suficientemente discutido, ya que esa es una facultad del Pleno de la Cámara respectiva. Es evidente que el Pleno de las Cámaras tiene la potestad de decidir si un asunto fue suficientemente discutido; sin embargo, para que esa facultad se concrete, es decir, para que sea posible ejercerla, es necesario que antes se hayan agotado los procedimientos que permitan la deliberación democrática. Todo México fue testigo de que, en el caso de las reformas del “Plan B”, las mayorías parlamentarias se dedicaron a cumplir la consigna de Palacio sin permitir el razonamiento, la discusión, la deliberación y la construcción de mayorías, sin importar qué era lo que se estaba aprobando y renunciando a su representación política y, por lo tanto, a su capacidad de ejercer todas sus facultades reglamentarias.

Otro argumento de ataque a la Corte es que el procedimiento parlamentario de “dispensa de trámites” se encuentra perfectamente regulado en la normatividad interna de la Cámara. Eso es cierto, sin embargo, el ejercicio de esa potestad tiene que realizarse en el marco de la legalidad a la que están obligadas todas las autoridades del país.

En virtud de lo anterior, los Diputados Federales, como toda autoridad, debemos fundamentar y motivar nuestras decisiones. Es evidente que la fundamentación se resuelve con la sola invocación de la norma legal que prevé el trámite. Pero, para motivarla, debemos acreditar que se actualizan los extremos de esa norma; debemos explicar por qué el asunto merece ser tratado como urgente y por qué deben ser obviados los trámites legislativos ordinarios.

Todavía hoy no queda clara la urgencia y la única razón plausible para explicar las prisas que provocaron la aplanadora inconstitucional de Morena es la urgencia del presidente de superar la derrota parlamentaria que significó el rechazo de la reforma constitucional electoral y la necesidad de cambiar la discusión pública hacia un triunfo legislativo.

Así, para calmar la rabieta del presidente y otorgarle un tema para su mañanera, los diputados federales de la coalición gobernante prefirieron renunciar a sus obligaciones deliberativas y dañar de raíz un proceso que pudieron haber desahogado de manera legal. No lo hicieron y ahora la Corte da cuenta de esa violación y genera las consecuencias.

Otro de los argumentos que se usan para atacar a la Corte es que no siempre se han declarado las inconstitucionalidades de normas por defectos procesales, tal como sucedió con la Ley de Seguridad Interior. Por eso, se esperaba que en esta oportunidad se entrara al fondo del análisis y que no se resolviera por simples vicios procedimentales.

Evidentemente la coalición gobernante no entiende la profundidad democrática de la deliberación parlamentaria.

Para la oposición las mayorías quedan construidas desde el momento en que se conoce el resultado electoral. Según ellos, todo diputado de la coalición gobernante votará tal como se lo ordene la voluntad presidencial. No será necesario que discuta, que reflexione, que lea las iniciativas, que estudie los temas a debate. Sólo será necesario que encauce su voluntad en la forma en que se le ordene para que el peso de la mayoría complazca al soberano.

Esa postura explica por qué, para el presidente López Obrador, el número de diputados es excesivo y los costos del Poder Legislativo son elevados.

En la lógica de una mayoría que no cambiará y que no cuestionará al presidente y sus decisiones, da exactamente igual contar con 100 diputados que con 500.

Con esa concepción política de López Obrador y de Morena la deliberación estorba, como estorba la Corte, el INE y el INAI. Deliberar significa hacer públicas las razones para que el pueblo pueda valorarlas. Rechazar la deliberación como un componente esencial en la toma de decisiones legislativas equivale a legislar de espaldas al pueblo.

 

Humberto Aguilar Coronado es Diputado Federal en la LXV Legislatura de la Cámara baja.

Twitter: @Tigre_Aguilar_C

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